AYUDAS A LA REHABILITACIÓN

1/ FONDOS NEXT GENERATION

¿Qué son los Fondos Next Generation?

La pandemia provocada por la COVID-19 ha supuesto una crisis económica, social y sanitaria. La magnitud del desafío ha exigido una respuesta común a escala europea y con este objetivo se ha puesto en marcha ayudas a la rehabilitación que se conocen como el Fondo de Recuperación Next Generation.

Los Fondos Next Generation permitirán a España movilizar un volumen de inversión sin precedentes y donde se encuadran las nuevas ayudas del Plan de rehabilitación de vivienda y regeneración urbana. Este Plan está centrado en el impulso de las actuaciones de rehabilitación y mejorará del parque edificatorio, tanto en ámbitos urbanos como rurales.

EL PLAN EN DATOS

Inversión total
6.820 millones de Euros

Vigencia hasta el 2026

Disponibles – solicítalo

2/EL ESTADO DE NUESTROS EDIFICIOS

El plan responde a la necesidad de adaptar el parque de edificios y viviendas en España a los retos nacionales y europeos en materia de sostenibilidad, en entornos urbanos y rurales, teniendo en cuenta sus características y su gran potencial de mejora.

ESTADO DE NUESTROS EDIFICIOS

3/TIPOS DE PROGRAMAS

Las ayudas a la rehabilitación, conocidas como los Fondos Next Generation en Rehabilitación, se centran en:

ESTADO DE LOS EDIFICIOS EN ESPAÑA

1. Rehabilitación de barrios

Requisitos previos: Zona o barrio delimitado territorialmente por acuerdo de la administración. Podrá ser continuo o discontinuo. Al menos un 50% de la edificabilidad sobre rasante, excluyéndose plantas bajas destinadas a otros usos, deberá tener como uso principal el residencial de vivienda. Disponer de proyecto de las actuaciones a realizar con justificación de cumplimiento del CTE. Retirar del edificio objeto aquellos productos de construcción que contengan amianto. En el caso de edificios de tipología residencial colectiva, que al menos un 50% de superficie sobre rasante, excluida la planta baja si tiene otro uso, tenga uso residencial de vivienda. Las actuaciones deben contar con el acuerdo de la comunidad de propietarios.

Acciones subvencionables: Acciones de mejora o rehabilitación que consigan la menos un 30% de reducción del consumo de energía primaria no renovable (Cep,nrenv). En los edificios situados en las zonas climáticas C. D y E también debe conseguirse una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de la vivienda o del edificio de, al menos un 35% en zonas D y E y un 25% en zonas C.

Cuantía de las ayudas: entre 8.100 y 21.400 € por vivienda

2. Oficinas de rehabilitación

Beneficiarios: Entidades locales, organizamos públicos o entidades que se encarguen de la creación o gestión de las oficinas.

Actuaciones y costes subvencionables: Costes de gestión de equipos, y oficinas de información, gestión, tramitación y acompañamiento de las actuaciones de rehabilitación. Costes por la presentación de servicios de atención a dudas y consultas a los solicitantes de las ayudas. Costes por presentación de servicios de apoyo y asesoramiento en materia de eficiencia energética. Actividades específicas de promoción y difusión del programa.

Cuantía de las ayudas: hasta 800 euros por vivienda efectivamente rehabilitada.

3. Rehabilitación de edificios

Beneficiarios: Propietarios de inmuebles bien sean personas físicas o jurídicas. Administraciones públicas, comunidades de propietarios, empresas arrendatarias o concesionarias de los edificos y agentes y gestores de rehabilitación.

Requisitos: Disponer de proyecto de las actuaciones a realizar con justificación de cumplimiento del CTE. Retirar del edificio objeto aquellos productos de construcción que contengan amianto. En el caso de edificios de tipología residencial colectiva que, al menos un 50% de superficie sobre rasante excluida la planta baja si tiene otro uso, tenga uso residencial de vivienda. Las actuaciones cuenten con el acuerdo de la comunidad de propietarios.

Acciones subvencionables: Acciones de mejora o rehabilitación que consigan la menos un 30% de reducción del consumo de energía primaria no renovable. En los edificios situados en las zonas climáticas C. D y E también debe conseguirse una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de la vivienda o del edificio de, al menos un 35% en zonas D y E y un 25% en zonas C.

Cuantía de las ayudas: entre 6.300 y 18.800 por vivienda.

4. Mejora eficiencia energética en viviendas

Beneficiarios: Propietarios o arrendatarios de viviendas, bien sean personas físicas o jurídicas, de naturaleza pública o privada y agentes o gestores de rehabilitación, empresas promotoras, constructoras o de servicios energéticos.

Requisitos: Viviendas que constituyan el domicilio habitual y permanente de sus propietarios.

Actuaciones subvencionables: Aquellas que consigan una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos el 7% o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%. Modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuar sus características a las establecidas por el CTE HE1 en las tablas 3.1.la y 3.1.3a. Honorarios profesionales de redacción de proyectos, informes y certificados energéticos necesarios.

Cuantía de las ayudas: Coste mínimo de la actuación de 1.000€ por vivienda. Importe máximo de la subvención será del 40% de la inversión subvencionable, con un limite de 3000€.

5. Elaboración del libro del edificio existente para rehabilitación y redacción de proyectos de rehabilitación

Beneficiarios: Propietarios o arrendatarios de viviendas, bien sean personas físicas o jurídicas, de naturaleza pública o privada y comunidades de propietarios.

Requisitos: Edificios finalizados antes del año 2000, donde al menos el 50% de la superficie construida sobre rasante, excluidas plantas bajas destinadas a otros usos, tenga un uso residencial de vivienda.

Cuantía de las ayudas: Cantidad variable dependiendo tipo de viviendas.

Libro del edificio: Viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 700€, más 60€ por vivienda. Edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas 1100€, más 40€ por vivienda, con un máximo de subvención de 3.500€.

Proyectos de rehabilitación: Viviendas unifamiliares y edificios plurifamiliares de hasta 20 viviendas: 4.000€, más 700€ por vivienda. Edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas; 12.000€, más 300€ por vivienda, con un máximo de subvención de 30,000€.

6. Construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes

Beneficiarios: Administraciones y organismos públicos públicas, así como empresas público-privadas y sociedades mercantiles participadas, pudiendo desarrollarse las actuaciones mediante fórmulas de partición público-privado.

Requisitos: Viviendas de nueva construcción o procedentes de rehabilitación que deberán destinarse al alquiler social durante 50 años. Los edificios deberán tener un consumo de energía renovable entre las variables que marca la ley (dependiendo del tipo de vivienda).

Cuantía de las ayudas: Ayuda proporcional a la superficie útil de la vivienda hasta un máximo de 700€. Con un limite de 50.000€ por vivienda.

4/¿CÓMO TE PUEDEN AYUDAR SIKA A CONSEGUIR TU AYUDA?

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